El Tribunal de Arbitraje para el Deporte (CAS) decide que la International Surfing Association (ISA) será la Federación Internacional que gobierne y administre el Stand Up Paddle a nivel olímpico.
Lausana, 6 de agosto de 2020 – El Tribunal de Arbitraje Deportivo (CAS) ha emitido su decisión en el procedimiento de arbitraje entre la Asociación Internacional de Surf (ISA) y la Federación Internacional de Canoa (ICF) con respecto a la gobernanza del deporte del Stand-Up Paddleboard (CENAR). El Panel de CAS ha decidido que la ISA será la Federación Internacional (FI) que gobierna y administrará el deporte de SUP a nivel olímpico, pero ha rechazado la solicitud de la ISA de ser reconocida como el único organismo rector de SUP a nivel mundial.
Esta decisión no implica ningún reconocimiento de SUP a nivel olímpico. Su inclusión en el programa olímpico o cualquier tipo de reconocimiento oficial dentro del Movimiento Olímpico para el cual el Panel CAS no tenía jurisdicción o poder para ejercer pertenece exclusivamente al Comité Olímpico Internacional (COI) y, en particular, a la Sesión del COI. También debe tenerse en cuenta que la ICF sigue teniendo derecho a realizar todo tipo de actividades de SUP fuera del movimiento olímpico.
Tanto la ISA como la ICF consideraron que el gobierno y la administración del SUP a nivel olímpico se encontraban dentro de sus respectivos campos de competencia. Antes del inicio del arbitraje del CAS en julio de 2018, la ISA y la ICF habían intentado resolver el asunto durante varios años mediante procedimientos de conciliación y mediación que finalmente no tuvieron éxito. Durante el procedimiento CAS, ambos IF presentaron argumentos detallados, tanto escritos como orales, sobre por qué deberían ser responsables de gobernar el deporte.
El Panel CAS designado para decidir el asunto estaba compuesto por el Sr. Patrick Lafranchi (Suiza), el Presidente, y el Sr. Jeffrey G. Benz (EE. UU.) Y el Sr. Nicholas Stewart QC (Reino Unido), Co-Árbitros.
Al tomar su decisión, el Panel se guió por las Reglas del COI «Federaciones Deportivas Internacionales que solicitan el Procedimiento de Reconocimiento del COI» (las Reglas de Reconocimiento) que establecen criterios cualitativos y cuantitativos para reconocer a un FI como la organización no gubernamental que gobierna uno o más deportes, en línea con la Carta Olímpica. Tras analizar las presentaciones de las partes a la luz de las Reglas de reconocimiento, el Panel descubrió que, de las dos partes, la ISA debería ser el SI para gobernar y administrar SUP a nivel olímpico.
El Laudo arbitral se publicará en el sitio web de CAS a su debido tiempo.